Una
de las tareas más importantes que tenemos en una asesoría fiscal y contable de Majadahonda es la de informar a
nuestros clientes, especialmente a los trabajadores autónomos, de los gastos
derivados del ejercicio de su actividad que se pueden deducir en su declaración
de la renta anual. Buena parte de ellos coinciden con los gastos que serían desgravables
para una sociedad para el impuesto de sociedades, pero vamos a tratar de
simplificar esta información.
Los gastos han de estar justificados mediante facturas, aunque en ocasiones
pueden valer simples recibos o tickets y deben estar contabilizados en los
libros de gastos, cosa ésta de la que nos encargamos en nuestra asesoría fiscal y contable de Majadahonda.
Pero han de ser también gastos directamente relacionados con la propia
actividad desarrollada por el autónomo, y no con su vida privada.
Los gastos más habituales serán, por tanto, las compras de mercancías, los
pagos salariales a sus empleados, incluyendo también los pagos a la Seguridad
Social, alquileres y reparaciones de
equipos necesarios para realizar la actividad, servicios de profesionales
contratados (aquí entra nuestra gestoría). No se puede olvidar de los gastos
financieros de préstamos o anticipos recibidos, ni las amortizaciones de
edificios, maquinaria o herramientas que haya tenido que adquirir para el
desempeño de su profesión.
Muchos de los trabajadores autónomos que creen que su contabilidad es una tarea
sencilla, pronto terminan por descubrir que están soportando una carga
impositiva mayor de lo que les corresponde al no deducirse correctamente todos
los gastos que genera su actividad profesional. Permite que seamos los técnicos
de Gestoría y Asesoría Galán quienes nos
encarguemos de tus cuentas, comprobarás que merece la pena.
Gastos deducibles para trabajadores autónomos
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07/05/20157 de Mayo de 2015
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